A través de la RS Nº 000003-2023/SUNAT, se modifica nuevamente el plazo de envío de facturas y/o notas electrónicas a la Sunat o al OSE:
A partir del 5 de enero de 2023, las facturas electrónicas deben enviarse a la Sunat o al OSE, en un plazo de 3 días calendario, contados a partir del día siguiente a la emisión.
Por ejemplo:
Si emites una factura con fecha de emisión 05-01-2023, puedes enviarla hasta el 08-01-2023.
Recuerda que...
Si no cumples con el plazo de envío, tus facturas o notas electrónicas no tendrán validez.